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COMUNICADO DE CEPES JUNTO CON ONCE, CERMI, FEACEM, AEDIS e IGUALIS, ANTE LAS FUERZAS POLÍTICAS CON OCASIÓN DE LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE LEY INTEGRAL DE ECONOMÍA SOCIAL
19 03 2025
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Con motivo de la tramitación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley Integral de Economía Social, CEPES, como máxima organización empresarial representativa de la Economía Social en España, junto con ONCE, CERMI, FEACEM, AEDIS e IGUALIS reiteran en este comunicado y ante las diferentes fuerzas políticas la necesidad de identificar y definir los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social (CEEIS) como actores empresariales esenciales de la Economía Social.

Con motivo de la tramitación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley Integral de Economía Social, CEPES, como máxima organización empresarial representativa de la Economía Social en España, junto con ONCE, CERMI, FEACEM, AEDIS e IGUALIS, actores fundamentales en la defensa y promoción del empleo de las personas con discapacidad a través de los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social, reiteran ante las diferentes fuerzas políticas y la sociedad la necesidad de identificar y definir los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social (CEEIS) como actores empresariales esenciales de la Economía Social. Estos centros cumplen con los principios de la Ley de Economía Social, diferenciándose del modelo de Centro Especial de Empleo de Iniciativa Empresarial (CEEIE) con ánimo de lucro que no responde a dichos principios.

En un Estado de Derecho, donde el ordenamiento jurídico ha reconocido y avalado la diferenciación entre ambos modelos desde el año 2017, es fundamental establecer esta distinción en una norma sustantiva que regulará un tejido empresarial que representa el 10% del PIB en España.

Mientras los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Empresarial buscan de manera legítima maximizar sus beneficios empresariales a través del empleo de personas con discapacidad, los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social cumplen con los principios de la Ley de Economía Social, establecidos en la propia Ley y en coherencia con los elementos jurisprudenciales señalados en sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo. Estos tribunales han destacado que los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social carecen de ánimo de lucro y están obligados a reinvertir la totalidad de sus beneficios en la consecución de su finalidad principal: mejorar el acceso al empleo y las capacidades laborales de las personas con discapacidad, y por tanto tienen una finalidad social reforzada.

Por ello, CEPES, ONCE, CERMI, FEACEM, AEDIS e IGUALIS, quieren señalar lo siguiente:

 

1. No es cierto que la delimitación de los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social como actores esenciales de la Economía Social implique la desaparición de ninguno de los 1.694 Centros Especiales de Empleo con ánimo de lucro ni la expulsión del mercado laboral de 64.274 trabajadores (el 58% de las personas con discapacidad empleadas en estos centros).

Estos centros podrán seguir operando con normalidad en el mercado como ha venido sucediendo hasta ahora.

 

2. No es cierto que se desincentive la contratación futura de personas con discapacidad.
Los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Empresarial (CEEIE) seguirán teniendo acceso a los mecanismos de apoyo ya existentes, como las ayudas económicas de distinta índole para la contratación de personas con discapacidad que actualmente se aplican a ambas modalidades de Centros Especiales de Empleo y que así están recogidas en la normativa vigente

En lo que afecta al ámbito de la contratación pública, la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, es la que establece la diferenciación jurídica entre los CEEIS y los CEEIE, reconociendo la reserva de contratos y lotes en favor de las empresas de inserción y los centros especiales de empleo de iniciativa social, por su finalidad social reforzada y reconocida. Por tanto, la circunscripción única de los CEEIS como entidades de Economía Social que se propone no supone ninguna restricción ni nueva limitación en la reserva de contratos.

En este sentido, los CEEIE no pueden ser beneficiarios de las reservas de contratos señaladas, si bien pueden acudir, como cualquier otra empresa, a la contratación pública que se licite y, además, ser objeto de cláusulas sociales en la medida que cumplan con los requisitos establecidos en las condiciones de ejecución de los pliegos. La aplicación de cláusulas sociales en los contratos públicos no se limita a las entidades de la economía social, sino que cualquier empresa puede incluirlas para mejorar su valoración en los procesos de adjudicación.

 

3. No es cierto que la definición de los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social como actores de la Economía Social incremente el gasto público. Se ha demostrado que la inversión pública en CEEIS genera un retorno mayor en términos económicos y de impacto social que otros modelos empresariales, al ser más efectivos en la reducción de costes sociales y el aumento de ingresos a través de cotizaciones y fiscalidad, lo que justifica la inversión pública en este tipo de Centros Especiales de Empleo sin perjuicio de que los de Iniciativa Empresarial son también beneficiarios de estas ayudas.  

 

La regulación en el ordenamiento jurídico español de los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social ha sido, junto con otras iniciativas, un avance esencial que ha situado a España a la vanguardia en el fomento del empleo de personas con discapacidad desde la Economía Social. Este modelo demuestra que existen empresas de Economía Social que, por su obligación legal de reinvertir el 100% de sus beneficios en su objetivo social y ser promovidas por entidades sin ánimo de lucro, garantizan el pleno cumplimiento de su misión social: la inclusión social de las personas con discapacidad a través del empleo, en lugar de la maximización del beneficio empresarial.

En definitiva, si bien los CEEIE buscan de manera legítima maximizar sus beneficios empresariales a través del empleo de personas con discapacidad la no mención explícita  de los mismos de la Ley de Economía Social no implica la destrucción de empleo, sino un reordenamiento jurídico necesario para garantizar que realmente se promueva la inclusión y el bienestar social, conforme a los principios y valores de la Economía Social y que se delimita el contorno de la misma, en cualquier caso, a aquellas entidades que cumplen con estos principios y valores. Recordamos que las referencias específicas contenidas en la propuesta de modificación de la Ley de Economía Social no son limitativas

Este papel esencial queda reflejado en el hecho de que el Grupo Social ONCE es el mayor empleador de personas con discapacidad en el mundo, evidenciando el impacto positivo que las entidades sin ánimo de lucro con un claro objetivo de inclusión social tienen en una sociedad como la española.

Por ello, CEPES, ONCE, CERMI, FEACEM, AEDIS e IGUALIS, invitan a las diferentes fuerzas políticas a no equiparar en la Ley Integral de Economía Social dos modelos empresariales distintos de Centros Especiales de Empleo y a distinguir las características de uno y de otro modelo. Es por lo tanto fundamental que los CEEIS queden claramente enmarcados dentro de la Economía Social, en coherencia con sus principios y valores.

 

CEPES. La Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES) es la máxima institución representativa de la Economía Social en España, constituyéndose como una plataforma de diálogo institucional con los poderes públicos. Sus 32 socios representan los intereses de más de 46.644 empresas representado al 12% del empleo y con una facturación en torno al 10% del PIB. Sus socios, con más de 200 estructuras autonómicas, son organizaciones nacionales o autonómicas y grupos empresariales, que representan los intereses de Cooperativas, Sociedades Laborales, Mutualidades, Empresas de Inserción, Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social, Asociaciones y Fundaciones del sector de la discapacidad y Cofradías de Pescadores

CERMI. Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, representa a más de 6000 entidades y 4,5 millones de personas con discapacidad.

ONCE con más de 75.000 trabajadores y más de 71000 afiliados, es el primer empleador del mundo de personas con discapacidad.

IGUALIS. Federación Empresarial de Asociaciones de Iniciativa Social, es la organización empresarial que representa y defiende los intereses sociales y empresariales de 1.515 entidades que aglutinan a más de 57.600 personas trabajadoras.

FEACEM. Federación Empresarial Española de Asociaciones de Centros Especiales de Empleo. FEACEM agrupa a 16 asociaciones empresariales vinculadas al movimiento asociativo de personas con discapacidad, a través de los cuales integra y representa a más de 800 Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Socia y de la Economía Social, que aglutinan a más de 50.000 trabajadores con discapacidad.

AEDIS. Organización empresarial representan a las entidades de la discapacidadintelectual, representa a 500 entidades que prestan servicios de empleo, educación y atención especializada a las personas con discapacidad.