DEFINICIÓN
La cooperativa es una forma de organización empresarial basada en la estructura y funcionamiento democráticos
Su actividad se desarrolla atendiendo a los principios cooperativos, aceptados y regulados en los ámbitos autonómico, nacional e internacional. Estos son:
1. La adhesión voluntaria y abierta de los socios,que garantiza la libertad de su entrada y salida de la cooperativa:
Principio de: “ puerta siempre abierta”
2. La gestión democrática,que asegura a los socios la participación directa y en condiciones de igualdad en la fijación de los objetivos de la cooperativa, con independencia del capital aportado:
Principio de: “una persona, un voto”
3. La participación económica de los socios que determina que los beneficios se distribuyan en función de la actividad de los socios en la cooperativa, en vez de en función del capital aportado, lo que evita el enriquecimiento personal de unos frente a otros.
Principio de : ”la participación en los beneficios, en función del trabajo del socio, no de su capital”
4. La educación, formación e información, como obligaciones que la cooperativa tiene con sus socios o asalariados, así como el fomento del cooperativismo:
Principio de: “Escuela de democracia económica”
5. El interés por la comunidad, lo que significa apostar por el desarrollo sostenible y la cohesión social y territorial en el ámbito local, transmitiendo en él cultura y comportamientos democráticos.
Principio de: “Desarrollo sostenible y compromiso democrático con lo local”
Todos estos principios son seguidos por las cooperativas, con independencia de la variada tipología jurídica y organizativa que hay dentro del cooperativismo. Su clasificación puede hacerse atendiendo a diferentes criterios.
Desde el punto de vista de la actividad que desarrollan, nos encontramos con cooperativas de:
NORMATIVA
ESTATAL
- Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
- Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre el Régimen Fiscal de las Cooperativas
ANDALUCÍA
- Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas
ARAGÓN
ASTURIAS
- Ley del Principado de Asturias 4/2010, de 29 de junio, de Cooperativas
BALEARES
- Ley 1/2003 de 20 de marzo de Cooperativas de las Illes Balears
CANTABRIA
- Ley de Cantabria 6/2013, de 6 de noviembre, de Cooperativas de Cantabria
CASTILLA LA MANCHA
CASTILLA LEÓN
- Ley 4/2002, de 11 de abril, de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León
CATALUÑA
- Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas de Cataluña
VALENCIA
- Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana
EXTREMADURA
- Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura
GALICIA
- Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia
LA RIOJA
- Ley 4/2001, de 19 de julio, de Cooperativas de La Rioja
MADRID
- Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid
NAVARRA
- Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra
MURCIA
- Ley 8/2006, de 16 de noviembre, de Sociedades Cooperativas de la Región de Murcia
PAÍS VASCO
-Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi